Qué conviene saber
Una pericia informática no debe pedirse como “que el perito diga si tengo razón”. Su utilidad depende de formular preguntas técnicas verificables: origen y autenticidad de archivos, actividad de dispositivos, integridad, registros, recuperación, metadatos o funcionamiento de sistemas.
La estrategia jurídica debe separar el hecho técnico de su calificación legal. Conservar información original, identificar quién controla los registros y evitar modificaciones innecesarias suele ser más útil que acumular capturas aisladas sin contexto.
En Córdoba y en la práctica
El abogado define la relevancia jurídica y los puntos de pericia; el profesional informático ejecuta la metodología técnica. Esa separación evita atribuir al letrado una tarea pericial que no le corresponde.
Información y documentación útil
- Objeto del litigio
- Dispositivos/archivos disponibles
- Informe técnico previo si existe
- Preguntas concretas que deben probarse
- Actas de secuestro/custodia
- Copias forenses si ya fueron obtenidas
Preguntas frecuentes
¿Toda evidencia digital necesita pericia?
No. Depende de controversia, complejidad y prueba disponible.
¿Quién elige los puntos periciales?
Las partes pueden proponerlos dentro de las reglas procesales; deben ser claros y pertinentes.
¿Un perito decide la autoría jurídica?
No. Informa aspectos técnicos; la valoración jurídica corresponde al tribunal.
¿Puedo analizar el dispositivo antes del perito?
Debe evitarse alterar evidencia; conviene coordinar cualquier intervención técnica.
Fuentes oficiales y marco de referencia
Contenido informativo general. El encuadre depende de hechos, evidencia, contratos, jurisdicción y estado del asunto. Última revisión: 7 de agosto de 2026.
