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Derecho & Tecnología · Córdoba

Software y derecho de autor en Argentina

Titularidad de código, desarrollos laborales, freelancers, licencias y documentación bajo la Ley 11.723.

Qué conviene saber

La Ley 11.723 protege programas de computación fuente y objeto. La titularidad debe analizarse según autoría y relación jurídica: la norma contempla software creado por dependientes en el desempeño de funciones, sin perjuicio de estipulaciones aplicables.

La estrategia jurídica debe separar el hecho técnico de su calificación legal. Conservar información original, identificar quién controla los registros y evitar modificaciones innecesarias suele ser más útil que acumular capturas aisladas sin contexto.

En Córdoba y en la práctica

En desarrollos por terceros, el contrato debe aclarar qué se cede o licencia, qué componentes preexistentes se mantienen, qué librerías se usan y qué ocurre con mejoras posteriores.

Información y documentación útil

  • Repositorio
  • Contrato de desarrollo
  • Relación laboral si existe
  • Inventario de componentes
  • Licencias
  • Versiones entregadas

Preguntas frecuentes

¿Registrar el software crea el derecho?

La protección autoral no depende exclusivamente del registro, aunque el registro puede cumplir funciones probatorias y administrativas.

¿El cliente es dueño por haber pagado?

No debe asumirse sin revisar contrato y régimen aplicable.

¿Qué pasa con código preexistente del proveedor?

Debe identificarse y licenciarse en alcance suficiente.

¿Se protege el algoritmo?

El análisis distingue la expresión/código de ideas o métodos en abstracto.

Fuentes oficiales y marco de referencia

Contenido informativo general. El encuadre depende de hechos, evidencia, contratos, jurisdicción y estado del asunto. Última revisión: 7 de agosto de 2026.

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